lunes, 4 de octubre de 2010




Según el artículo 6, parágrafo 1, del decreto 863, los artículos que vengan en combo o se vendan en conjunto, deberán mostrar el precio total del combo, y el unitario, pero como se puede observar en la imagen eso no ocurre en McDonald’s.
Cuantas veces no pensamos que el combo es más económico?, pero de hecho, no es así. Por ejemplo la hamburguesa Mac bacon (combo), tiene un valor de $11.200, pero al hacer cuentas, la hamburguesa sola cuesta $4000 y las papitas y gaseosa mediana $3600 c/u, entonces no nos estamos ahorrando nada, pero nosotros los consumidores pensamos que sí, he aquí un gran ejemplo de publicidad engañosa que realiza McDonald’s pues nos induce a error al no darnos información sufriente y veraz para entender el producto que nos ofrecen.

http://www.sic.gov.co/index.php?idcategoria=10493&ts=55b1927fdafef39c48e5b73b5d61ea60

PRINCIPIO DE LIMPIEZA

 







Un principio y una promesa más que nos realiza McDonald’s es la limpieza he higiene, sin embargo esto puede ser un engaño mas.

Un ejemplo claro es el olor a grasa que tienen los McDonald’s, y la poca limpieza que hacen a sus locales.

Según McDonald’s siempre se ha preocupado por el medio ambiente y ha empleado siempre las técnicas más avanzadas para que sus actividades ayuden a la conservación del entorno, usando así materiales reciclables, sin embargo en la fotografía se puede ver que no reciclan, entonces de que les sirve realizar sus empaques con materiales reciclables si en el restaurante los van a mesclar todos en una misma bolsa.



catarina.udlap.mx/u_dl_a/tales/documentos/lri/.../capitulo2.pdf

http://www.mcdonalds.com.co

VIDEO EN CONTRA DE MC DONALDS


Muestra el cadáver de un hombre de mediana edad y con sobrepeso en una camilla de una morgue. En la mano tiene una hamburguesa



Este video muestra y representa la cantidad de controversias que existen con la nutrición que brinda  McDonald’s, pues cada vez que una persona come productos de esta gran compañía, está destruyendo su salud e ingiriendo una gran cantidad de grasas, azúcar y muchas kilocalorías, por el contrario poca fibra, proteína, vitaminas y minerales.

Por lo general el hombre ingiere y necesita al día 1.800 kilocalorías (personas que no tiene vida muy activa), pero con solo una hamburguesa Big Mac recibimos 570 kilocalorías, ¡solo la hamburguesa!, pero a eso sumémosle las papitas fritas y la gaseosa que viene junto con el combo, dando así un total de 1230 Kcal


http://www.animanaturalis.org/n/11218
http://www.zonadiet.com/tablas/mcdonalds.htm
 

EXPERIMENTO CON VASOS DE MC DONALDS

Como podemos ver,  McDonald’s nos vende un combo agrandado por $3.000, pero en realidad no vale la pena pagar ese precio por casi la misma cantidad.







Con respecto al video; podemos observar que al lado izquierdo se encuentra la cantidad agrandada y en el derecho la cantidad normal, pero observen, la diferencia es menos que un vaso, pero cuando nosotros los consumidores observamos los vasos pensamos que el agrandado es el doble del otro.

No solo eso según el decreto 863, los embases, etiquetas y empaques deben tener su volumen, peso y cantidad sin embargo en los vasos de McDonald’s esa cantidad no está, entonces el consumidor ¿cómo podrá observar  la diferencia?


http://www.sic.gov.co/index.php?idcategoria=10493&ts=55b1927fdafef39c48e5b73b5d61ea60
http://www.sic.gov.co/archivo_descarga.php?idcategoria=1520

DECRETO 3466


En el decreto 3466 de 1982, se dictan normas para la protección del consumidor y prácticas comerciales restrictivas,  las normas que se dictan hacen referencia a: la calidad e idoneidad de un producto, la fijación de precios, y la responsabilidad de los productores.
Uno de los artículos que mas me llama la atención es el art 14 ya que representa de una forma general lo que se considera como publicidad engañosa.

ARTICULO 14o. Marcas, leyendas y propagandas:
Toda información que se dé al consumidor acerca de los componentes y propiedades de los bienes y servicios que se ofrezcan al público deberá ser veraz y suficiente. Están prohibidas, por lo tanto, las marcas, las leyendas y la propaganda comercial que no corresponda a la realidad, así como las que induzcan o puedan inducir a error respecto de la naturaleza, el origen, el modo de fabricación, los componentes, los usos, el volumen, peso o medida, los precios, la forma de empleo, las características, las propiedades, la calidad, la idoneidad o la cantidad de los bienes o servicios ofrecidos.
Tratándose de productos (bienes o servicios) cuya calidad e idoneidad hayan sido registradas de conformidad con lo dispuesto en los artículos 3o. a 7o. del presente decreto, o que estén sometidos a registro o licencia legalmente obligatorios, o cuyas condiciones de calidad e idoneidad se deriven de la oficialización de una norma técnica, aunque no haya habido registro, las marcas o leyendas que se exhiban en dichos productos, al igual que toda propaganda que se haga de ellos, deberá corresponder íntegramente a lo registrado o contenido en la licencia o a las condiciones de calidad e idoneidad derivadas de la norma técnica oficializada, según el caso.


http://www.sic.gov.co/index.php?idcategoria=10489&ts=ec0bfd000f253eff3acb1043e1c06979

ENTIDADES REGULADORAS EN COLOMBIA


Día a día nos enfrentamos a la publicidad engañosa, es por esto que existen entes reguladores que protegen al consumidor de este tipo de prácticas; algunas de estas entidades son:
·         La súper intendencia a de industria y comercio (sic)
·         Alcaldías distritales y municipales
·         la Superintendencia Bancaria
·         la Superintendencia de Servicios Públicos
·          la Superintendencia Nacional de Salud
·          la Subsecretaría de Vivienda - Alcaldía Mayor de Bogotá
·         El Invima.
·         Comisión nacional de televisión
·         Ministerio de comunicaciones
·         Aeronáutica civil
·         Ministerio de comercio, industria y turismo
·         Superintendencia de puertos y trasportes
·         Etesa


         http://www.sic.gov.co/archivo_descarga.php?idcategoria=1520

DERECHOS DEL CONSUMIDOR

son derechos fundamentales del consumidor:

·         El consumidor tiene derecho a acceder libremente a bienes y servicios de variada presentación, precio y calidad, y a optar por los que mejor satisfagan sus expectativas o necesidades
·         A la protección de su vida, su salud, su seguridad y la de sus bienes.
·         A reclamar por los defectos de calidad e idoneidad.
·         A que la información que se le proporcione sea veraz y suficiente y no lo induzca a error.
·         A constituir organizaciones que definan y velen por sus intereses.
·         A acudir ante las autoridades administrativas y jurisdiccionales para obtener la protección de sus derechos
·        A recibir educación para lograr que su elección en la adquisición de bienes y servicios esté bien fundamentada

http://www.sic.gov.co/archivo_descarga.php?idcategoria=1520