lunes, 4 de octubre de 2010




Según el artículo 6, parágrafo 1, del decreto 863, los artículos que vengan en combo o se vendan en conjunto, deberán mostrar el precio total del combo, y el unitario, pero como se puede observar en la imagen eso no ocurre en McDonald’s.
Cuantas veces no pensamos que el combo es más económico?, pero de hecho, no es así. Por ejemplo la hamburguesa Mac bacon (combo), tiene un valor de $11.200, pero al hacer cuentas, la hamburguesa sola cuesta $4000 y las papitas y gaseosa mediana $3600 c/u, entonces no nos estamos ahorrando nada, pero nosotros los consumidores pensamos que sí, he aquí un gran ejemplo de publicidad engañosa que realiza McDonald’s pues nos induce a error al no darnos información sufriente y veraz para entender el producto que nos ofrecen.

http://www.sic.gov.co/index.php?idcategoria=10493&ts=55b1927fdafef39c48e5b73b5d61ea60

PRINCIPIO DE LIMPIEZA

 







Un principio y una promesa más que nos realiza McDonald’s es la limpieza he higiene, sin embargo esto puede ser un engaño mas.

Un ejemplo claro es el olor a grasa que tienen los McDonald’s, y la poca limpieza que hacen a sus locales.

Según McDonald’s siempre se ha preocupado por el medio ambiente y ha empleado siempre las técnicas más avanzadas para que sus actividades ayuden a la conservación del entorno, usando así materiales reciclables, sin embargo en la fotografía se puede ver que no reciclan, entonces de que les sirve realizar sus empaques con materiales reciclables si en el restaurante los van a mesclar todos en una misma bolsa.



catarina.udlap.mx/u_dl_a/tales/documentos/lri/.../capitulo2.pdf

http://www.mcdonalds.com.co

VIDEO EN CONTRA DE MC DONALDS


Muestra el cadáver de un hombre de mediana edad y con sobrepeso en una camilla de una morgue. En la mano tiene una hamburguesa



Este video muestra y representa la cantidad de controversias que existen con la nutrición que brinda  McDonald’s, pues cada vez que una persona come productos de esta gran compañía, está destruyendo su salud e ingiriendo una gran cantidad de grasas, azúcar y muchas kilocalorías, por el contrario poca fibra, proteína, vitaminas y minerales.

Por lo general el hombre ingiere y necesita al día 1.800 kilocalorías (personas que no tiene vida muy activa), pero con solo una hamburguesa Big Mac recibimos 570 kilocalorías, ¡solo la hamburguesa!, pero a eso sumémosle las papitas fritas y la gaseosa que viene junto con el combo, dando así un total de 1230 Kcal


http://www.animanaturalis.org/n/11218
http://www.zonadiet.com/tablas/mcdonalds.htm
 

EXPERIMENTO CON VASOS DE MC DONALDS

Como podemos ver,  McDonald’s nos vende un combo agrandado por $3.000, pero en realidad no vale la pena pagar ese precio por casi la misma cantidad.







Con respecto al video; podemos observar que al lado izquierdo se encuentra la cantidad agrandada y en el derecho la cantidad normal, pero observen, la diferencia es menos que un vaso, pero cuando nosotros los consumidores observamos los vasos pensamos que el agrandado es el doble del otro.

No solo eso según el decreto 863, los embases, etiquetas y empaques deben tener su volumen, peso y cantidad sin embargo en los vasos de McDonald’s esa cantidad no está, entonces el consumidor ¿cómo podrá observar  la diferencia?


http://www.sic.gov.co/index.php?idcategoria=10493&ts=55b1927fdafef39c48e5b73b5d61ea60
http://www.sic.gov.co/archivo_descarga.php?idcategoria=1520

DECRETO 3466


En el decreto 3466 de 1982, se dictan normas para la protección del consumidor y prácticas comerciales restrictivas,  las normas que se dictan hacen referencia a: la calidad e idoneidad de un producto, la fijación de precios, y la responsabilidad de los productores.
Uno de los artículos que mas me llama la atención es el art 14 ya que representa de una forma general lo que se considera como publicidad engañosa.

ARTICULO 14o. Marcas, leyendas y propagandas:
Toda información que se dé al consumidor acerca de los componentes y propiedades de los bienes y servicios que se ofrezcan al público deberá ser veraz y suficiente. Están prohibidas, por lo tanto, las marcas, las leyendas y la propaganda comercial que no corresponda a la realidad, así como las que induzcan o puedan inducir a error respecto de la naturaleza, el origen, el modo de fabricación, los componentes, los usos, el volumen, peso o medida, los precios, la forma de empleo, las características, las propiedades, la calidad, la idoneidad o la cantidad de los bienes o servicios ofrecidos.
Tratándose de productos (bienes o servicios) cuya calidad e idoneidad hayan sido registradas de conformidad con lo dispuesto en los artículos 3o. a 7o. del presente decreto, o que estén sometidos a registro o licencia legalmente obligatorios, o cuyas condiciones de calidad e idoneidad se deriven de la oficialización de una norma técnica, aunque no haya habido registro, las marcas o leyendas que se exhiban en dichos productos, al igual que toda propaganda que se haga de ellos, deberá corresponder íntegramente a lo registrado o contenido en la licencia o a las condiciones de calidad e idoneidad derivadas de la norma técnica oficializada, según el caso.


http://www.sic.gov.co/index.php?idcategoria=10489&ts=ec0bfd000f253eff3acb1043e1c06979

ENTIDADES REGULADORAS EN COLOMBIA


Día a día nos enfrentamos a la publicidad engañosa, es por esto que existen entes reguladores que protegen al consumidor de este tipo de prácticas; algunas de estas entidades son:
·         La súper intendencia a de industria y comercio (sic)
·         Alcaldías distritales y municipales
·         la Superintendencia Bancaria
·         la Superintendencia de Servicios Públicos
·          la Superintendencia Nacional de Salud
·          la Subsecretaría de Vivienda - Alcaldía Mayor de Bogotá
·         El Invima.
·         Comisión nacional de televisión
·         Ministerio de comunicaciones
·         Aeronáutica civil
·         Ministerio de comercio, industria y turismo
·         Superintendencia de puertos y trasportes
·         Etesa


         http://www.sic.gov.co/archivo_descarga.php?idcategoria=1520

DERECHOS DEL CONSUMIDOR

son derechos fundamentales del consumidor:

·         El consumidor tiene derecho a acceder libremente a bienes y servicios de variada presentación, precio y calidad, y a optar por los que mejor satisfagan sus expectativas o necesidades
·         A la protección de su vida, su salud, su seguridad y la de sus bienes.
·         A reclamar por los defectos de calidad e idoneidad.
·         A que la información que se le proporcione sea veraz y suficiente y no lo induzca a error.
·         A constituir organizaciones que definan y velen por sus intereses.
·         A acudir ante las autoridades administrativas y jurisdiccionales para obtener la protección de sus derechos
·        A recibir educación para lograr que su elección en la adquisición de bienes y servicios esté bien fundamentada

http://www.sic.gov.co/archivo_descarga.php?idcategoria=1520

domingo, 3 de octubre de 2010

HISTORIA DE MCDONALD’S

 

McDonald’s fue inaugurado por primera vez en 1948 en san Bernardino (california), por los hermanos richard y Maurice McDonald

Ray a Kroc fabricante y vendedor de batidoras se vio interesado en el negocio y decide compra una franquicia, volviéndose su fundador y encargado, abre su primer restaurante en 1933 en Illinois; en 1957 establece sus principios y filosofía: calidad, servicio, limpieza y valor, con el tiempo, McDonald’s acoge un gran éxito, presentado por primera vez a Ronald McDonald en 1966, un año más tarde se abre su primer restaurante internacional en Canadá.

En 1971 se abren restaurantes en Japón, Alemania, Panamá, y Australia, expandiéndose grandemente por todo el mundo, así alcanzado hoy en dia una presencia en 119 países con más de 31000 restaurantes en todo el mundo.


http://es.wikipedia.org/wiki/McDonald's
catarina.udlap.mx/u_dl_a/tales/documentos/lri/.../capitulo2.pdf

EJEMPLO DE PUBLICIDAD ENGAÑOSA ( MC DONALDS)

 

Muchas veces, vamos a comer a McDonald’s y nos preguntan si deseamos agrandar nuestro combo, y solo nos dejamos llevar por lo que nos venden respondiendo positivamente, pero para ellos, ¿qué es agrandar?.. Mas cantidad?... mas longitud?

Nosotros los consumidores lo entendemos por más cantidad, pero aquí es donde entra a jugar la publicidad engañosa, pues la compañía no nos da información suficiente y veraz sobre el producto.

Realice un pequeño estudio en McDonald’s de la Roosevelt (Cali)  y estos fueron los resultados:


 

combo agrandado 73 papas
Combo normal 70 papas

NUTRICIÓN

 

McDonald’s tiene como objetivo principal brindarle a sus clientes una dieta saludable, y balanceada, facilitando así información nutricional y ofreciendo productos de alta calidad. McDonald’s a fomentado el deporte y el ejercicio siendo el patrocinador y restaurante oficial de los juegos olímpicos desde 1988, sin embargo existen casos que no demuestran esa vida balanceada y sana, como el documental big zise me y muchos estudios que demuestran el alto índice de carbohidratos y grasas que contiene estos productos.

Además cuando han visto algún documento donde esta compañía demuestre información nutricional acerca de sus productos.

Un ejemplo claro son los niños de tan corta edad sufriendo de obesidad, ¿les parece dieta balanceada?

 

McDonald’s gasta millones al año en publicidad y su público meta son los niños,  pretende crear una cultura de consumir hamburguesa a temprana edad pero  como lo ilustra la fotografía es poco probable que un niño obtenga las mimas calorías y vitaminas que cuando las obtiene de seno de su madre.


Documental súper size me
http://www.mcdonalds.com.co/#/NPC%253ANutrition%25233
catarina.udlap.mx/u_dl_a/tales/documentos/lri/.../capitulo2.pdf

PRINCIPIO DE CALIDAD (MC DONALDS)




Uno de los principios y prioridades en los que se basa McDonald’s es la calidad de sus productos, desde la selección de materias primas hasta el producto final, exigiendo así los más altos estándares y especificaciones para sus productos.
Para elaborar sus hamburguesas utilizan carne 100% de vacuno, sin embargo se ven casos en los que la carne no es “100% de vacuno” como ellos lo promocionan, y otros en  el que las personas se enferman por productos contaminados, entonces ¿en realidad nos ofrecen productos de alta calidad?

A continuación un caso con referencia a  “La carne 100% de vacuno”:


El sándwich llamado "Lomo Deluxe" estaba en realidad elaborado con carne de cuadril. Pese a que esto estaba consignado en el envase, la Dirección Nacional de Comercio Interior sancionó a la empresa de cómidas rápidas, que deberá pagar 25 mil pesos. 
La empresa de comidas rápidas McDonald’s fue sancionada con una multa de 25 mil pesos, por la Dirección Nacional de Comercio Interior, que calificó como "publicidad engañosa" una serie de avisos en los que se promocionaba el sándwich "Lomo Deluxe", que en realidad estaba elaborado con carne de cuadril.

La resolución se conoció este lunes. En el fallo, el organismo resaltó que la empresa infringió la ley 22.802 de Lealtad Comercial, usando una publicidad que consideró engañosa para vender el producto.
La Dirección Nacional de Comercio Interior entendió que haber designado de esa manera al producto mientras que en la parte inferior de las presentaciones se consignaba que se trataba de carne de cuadril, constituye "una inexactitud pasible de generar confusión en los consumidores".
"La empresa no informó con precisión la calidad, naturaleza y composición del "Lomo Deluxe", ya que el mismo no se correspondía con el corte específico, pese a que la publicidad mencionaba en forma expresa la calidad de 100 por ciento carne de cuadril", aclaró la resolución.
El artículo noveno de la Ley de Lealtad Comercial establece que "queda prohibida la realización de cualquier clase de presentación, de publicidad o propaganda que mediante inexactitudes u ocultamientos pueda inducir a error, engaño o confusión respecto de las características o propiedades" de los productos.
El hecho fue comprobado durante una inspección llevada a cabo en mayo de 2001 en un local situado en Avenida de Mayo 650, en pleno centro porteño, donde se exhibían dos carteles que anunciaban el"Lomo Deluxe"

A LOS QUE NOS ENFRENTAMOS DÍA A DÍA


bigmac.jpgbigmac1.jpg



http://www.fotografias.net/05-03-2008/fotografia-y-publicidad/fotografias-de-publicidad-enganosa-mc-donalds
En muchas circunstancias nos vemos atraídos por la imagen, el color y la apariencia, dejándonos llevar por estas mismas, y por lo que la publicidad nos vende sin embargo cuando adquirimos el producto nos damos cuenta que en realidad no tiene la misma apariencia y tamaño con el que se esperaba el producto, produciendo así insatisfacción. Un ejemplo muy claro es Mc Donald, en sus anuncios y comerciales publicitarios nos presentan una hamburguesa gigante y con un aspecto  delicioso, pero en realidad no son así. Día a día nos enfrentamos a este tipo de publicidad que por lo general perjudican al consumidor en su toma de decisiones.

SOLUCIONES PARA LA PUBLCIDAD ENGAÑOSA

 

Muchas veces los mecanismos encargados de supervisar y controlar los anuncios pueden investigar a un anunciante al haber recibido quejas y reclamos, investigando y basándose en: confirmación, avales y divulgaciones afirmativas por parte del anunciante.

Una vez el anuncio o la publicidad se halla considerado como engañosa, se pueden realizar acciones y medidas correctivas, para así ayudar y proteger al consumidor:
 

·         Decreto de consentimiento: aquí el anunciante firma un documento, donde se negocia y acuerda detener la publicidad, sin admitir ninguna maldad por parte del anunciante.

·         Orden de desistimiento: el ente regulador tiene la capacidad de emitir una orden que prohíba el uso del anuncio o comercial posteriormente.

·         Publicidad correctiva: si el engaño ha ocurrido por un largo tiempo, se realiza la publicidad correctiva para explicar y corregir los anuncios agraviantes.


Publicidad undécima edición de Mac Graw Hill

martes, 21 de septiembre de 2010

MULTA A MC DONALD POR PUBLICIDADA ENGAÑOSA


La Subsecretaría de Defensa del Consumidor le impuso a McDonald's una multa de $ 250.000 por publicidad engañosa. La medida se basa en que la empresa "no está en condiciones de garantizar que la carne es cocida a la perfección" como la compañía aseguraba en los folletos del programa "Puertas Abiertas" que lanzó en 2003 tras los casos de hamburguesas supuestamente contaminadas.

McDonald's informó ayer que pidió la "inmediata nulidad" de la sanción: "la Subsecretaría no tiene competencia y adolece de imparcialidad". La disposición Nº 36 —firmada el 7 de octubre por la subsecretaria Patricia Vaca Narvaja— sanciona a McDonald's por infracción al artículo 9 de la ley de Lealtad Comercial (22.802). La funcionaria dijo que el organismo que dirige es la autoridad de aplicación.

La medida señala que la publicidad de la empresa "es engañosa porque hace pensar al consumidor que la cocción de las hamburguesas nunca puede interrumpirse, cuando un botón en las parrillas —y la decisión del personal con el margen lógico de error humano—, demuestran que ese proceso no es una operación perfecta e infalible como promociona la compañía". Y agrega que "el consumo de hamburguesas debería evitarse hasta los 4 años como recomienda la Asociación Argentina de Pediatría; esos menores merecen una tutela preventiva de esta autoridad".

No es la primera vez que el organismo sanciona a McDonald's por publicidad engañosa: fue multada dos veces (por $ 50.000 y por $ 123.000) por la misma conducta en otras publicidades.

Los folletos de "Puertas Abiertas" aseguraban que "poseen equipos timers y sensores computarizados que sólo se abren cuando las carnes están cocidas uniformemente por fuera y por dentro a un mínimo de 71,1 grados, temperatura necesaria para eliminar cualquier bacteria".

Ayer, McDonald's señaló que "como todo aparato automático, las parrillas tienen un descargo manual que permite abrirlas en caso de emergencia (cortes de luz, accidente laboral, etc.), así como hay un botón para abrir manualmente la puerta en un ascensor si se detiene entre pisos".

Este expediente se originó con el caso de Micaela Toranzo, la hija de Gabriela Lauga, que Proconsumer, una asociación de consumidores, presentó en noviembre de 2003 ante Defensa del Consumidor.

A fines de febrero de 2003, las dos fueron a comer al McDonald's del shopping de Villa del Parque. La nena, que entonces tenía 2 años y 10 meses, comió la hamburguesa con queso que incluye la "Cajita Feliz". "Empezó con fiebre y dolor de panza. El 9 de marzo fue internada de urgencia en la clínica Dupuytren: contrajo el síndrome urémico hemolítico (SUH), que se transmite por alimentos contaminados por la bacteria escherichia coli y ataca sobre todo a los niños. Le hicieron 17 diálisis peritoneales, 4 transfusiones y 6 operaciones. Debe seguir una dieta estricta en proteínas y sal, está medicada de por vida, y no sé si requerirá un transplante de riñón", detalla Gabriela a Clarín.

La Justicia cerró este año la causa penal porque no se pudo establecer el "nexo causal" del supuesto delito; y la civil está en trámite. Junto a especialistas y familiares de otros casos (entre ellos de Alejandro Torreta, de 7 años, que murió en junio de 2003, tras una supuesta ingesta de hamburguesas contaminadas en un McDonald's de La Plata), los Toranzo crearon una ONG para luchar contra el SUH, que en el país registra un alto número de casos.


Según los principios descritos por Mc Donald sus productos son preparados con los más altos niveles de calidad he higiene, sin embargo, se presentan este tipo de casos engañando a los consumidor e infringiendo el decreto 3466 articulo 9o. Correspondencia de la calidad e idoneidad efectivas con la calidad e idoneidad registradas o señaladas en normas técnicas oficializadas:
La calidad e idoneidad efectivas de los bienes y servicios que ofrezcan al público deberán corresponder con las registradas en los términos de los artículos 3o. a 7o. de este Decreto, o con las contenidas en los registros o licencias legalmente obligatorios o con las señaladas en las normas técnicas oficializadas. La falta de dicha correspondencia dará lugar a la aplicación de las sanciones de que trata el artículo 24o., previo el procedimiento consagrado en el artículo 28o.

De esta manera Mc Donald no cumple con las características que están registradas como tal acerca de su producto y servicio volviéndose así publicidad engañosa.

 

http://edant.clarin.com/diario/2005/10/26/sociedad/s-03701.htm

http://www.sic.gov.co/index.php?idcategoria=10489&ts=ec0bfd000f253eff3acb1043e1c06979

http://www.mcdonalds.com.co



PUFFERY













En la actualidad, muchas veces los comerciales o anuncios publicitarios dicen o pronuncian frases como “el mejor”,  “fabuloso”, “la única forma de volar”, que pueden entenderse como practicas engañosas, sin embargo no lo son,  llevando  así el nombre de puffery.
La puffery es una simple exageración, un elogio y una opinión del vendedor acerca de su producto, bien o servicio, este está reglamentada legalmente, se caracteriza por que las afirmaciones hechas por el anunciante no pueden demostrarse como verdaderas o falsas, es permitida ya que los reguladores sostienen que las personas con capacidad de raciocinio no creerán en esto de ninguna manera.
Por lo general la pufferuy realiza afirmaciones que no son del producto,  pero lo son sobre los consumidores como la personalidad, el estilo de vida y los temores de un individuo.
Entre la publicidad engañosa y la puffery hay una línea muy pequeña, pues si las afirmaciones exageradas de un producto se pueden confirmar  volviéndose falsas,  está incurriendo, he induce a engaño y error al consumidor.


Video

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¿QUE HACER FRENTE A LA PUBLICIDAD ENGAÑOSA?


Antes de que un producto sea comprado o adquirido por el consumidor o comprador debe estar seguro de tener una información suficiente, veraz y clara acerca del producto, si no es así mas adelante el productor podría excusarse y retractarse ante algún problema presentado con el producto , argumentando que el comprador no entendió lo que le vendían, así que es conveniente guardar facturas y garantías por si se necesita realizar un reclamo, un cambio o una reparación ante cualquier inconformidad o anomalía con el producto, para realizar este tipo de cosas es necesario recurrir al vendedor (proveedor-distribuidor) como primera instancia, si este se niega se puede acudir al defensor del consumidor de las alcaldías distritales y municipales , ante la superintendencia de industria y comercio (SIC) (oficina del consumidor), los jueces civiles y ante la fiscalía general de la nación, si ha sido víctima de estafa.



http://www.sic.gov.co
http://www.actualicese.com/actualidad/2008/10/23/publicidad-enganosa/

domingo, 19 de septiembre de 2010

http://www.youtube.com/watch?v=erwIVh5YmbY

TESTIMONIOS FALSOS:


Cuando se realiza anuncios en donde alguna celebridad proporciona un testimonio de lo bueno que es el producto, cuando en realidad este individuo nunca lo ha utilizado y no posee la experiencia necesaria para realizar este tipo de afirmaciones

RESTRICCION EN LETRA PEQUEÑA:


Hacer alguna afirmación en letra grande y después restringirlo y retractarse con letra pequeña que por lo general es poco legible, como cuando en mimos dicen “conos a $1000” y a la hora de realizar la compra en realidad se da cuenta que “no aplica para fines de semana y festivos”, Se dice que es engañosa siempre y cuando el consumidor no vea tales restricciones.


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PRÁCTICAS CONSIDERADAS COMO INJUSTAS Y ENGAÑOSAS:

DISTORSIONES VISUALES Y DEMOSTRACIONES FALSAS:

bigmac.jpgRealizar distorsiones a la imagen del anuncio para que mejore su apariencia, viéndose más provocativo hacia el consumidor, un ejemplo grande de esto son las hamburguesas de McDonald, quien en su presentación y anuncio se ven grandes, pero en realidad a la hora de la compara son mucho más pequeñas, induciendo a engaño al consumidor haciéndole tomar malas decisiones, y produciendo así insatisfaccion.


 
 
 
 
 
 
 
 
DESCRIPICON INCOMPLETA:
 
Se presenta cuando la información proporcionada es incompleta, haciendo omisión a algunas características o contenidos del producto.
 
COMPARACIONES FALSAS Y DESORIENTADORAS:
 
Muchas veces la publicidad tiende a realizar comparaciones falsas, que denigran a su competencia llevando así al consumidor a tener una mala imagen o una mala percepción de este, influyendo así en su decisión de compra.


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PRÁCTICAS CONSIDERADAS COMO INJUSTAS Y ENGAÑOSAS:

Existen algunos tipos de publicidad que por lo general constituyen actos poco éticos y engañosos hacia el  consumidor como:

PROMESAS FALSAS:

este tipo de publicidad engañosa se da cuando el anunciante o patrocinador  realiza promesas al consumidor que no pueden cumplir, como: “restaura la juventud” cuando se sabe que es poco probable.

OFERTAS DE SEÑUELO Y CAMBIO:

Por lo general en muchas tiendas anuncian: “todo con el 50% de descuento” solo para atraer al cliente a la tienda, y luego simplemente dicen, no esto no tiene el 50%, tiene solo el 20% o el producto esta agotado.


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¿QUÉ ES LA PUBLICIDAD ENGAÑOSA?


La publicidad engañosa es un tipo de publicidad que induce a error al consumidor, pues por lo general realiza afirmaciones exageradas y falsas pronunciando características, beneficios y atributos que no son del producto real, generando así insatisfacción ya que este bien o servicio no se encuentra al altura de sus anuncios proporcionados, volviéndose así una desventaja a largo plazo tanto para el anunciante, como para el comprador.
La publicidad engañosa puede presentarse  a partir de diversas prácticas produciendo  falsas expectativas ante el producto  y ocasionando cuestiones y controversias éticas, esta  se caracteriza por la distorsión u omisión de información que puede desorientar a un número significativo de consumidores en su decisión de compra,  llevandolo a tomar malas decisiones.

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